La jura de nacionalidad española ante notario es el último paso para que la concesión de tu nacionalidad se convierta en un hecho “completo” a efectos registrales: firmas el acta de jura/promesa de nacionalidad, la notaría remite la documentación al Registro Civil competente y, una vez inscrita, podrás solicitar DNI y pasaporte español. Si has llegado hasta aquí, lo normal es que tengas las mismas dudas que vemos a diario: ¿puedo hacerlo ante notario o tengo que ir al Registro Civil?, ¿qué documentos necesito?, ¿cómo pido cita? y, sobre todo, ¿cuánto tarda todo el proceso hasta tener el DNI?. En esta página lo dejamos claro, con checklist por casos y plazos realistas de principio a fin.
La jura ante notario es un acto formal, breve y muy dirigido, en el que declaras (por jura o por promesa) tu fidelidad al Rey, tu compromiso de obedecer la Constitución y de respetar las leyes. En algunos supuestos, además, se hace constar la renuncia a la nacionalidad de origen cuando la normativa lo exige; aun así, conviene entenderlo bien: la “renuncia” que se expresa en España es un requisito del procedimiento español, pero su efecto práctico puede depender de la legislación del país de origen. El objetivo real del acto es que se formalice y se pueda inscribir la nacionalidad, porque sin esa inscripción no se emite el certificado literal de nacimiento español y, por tanto, no podrás tramitar DNI/pasaporte.
Antes de llegar al acto de la jura de nacionalidad ante notario, es fundamental haber obtenido una resolución favorable en la solicitud de nacionalidad española por residencia. Este proceso implica cumplir con requisitos específicos de tiempo de residencia legal en España, demostrar buena conducta cívica y un adecuado grado de integración en la sociedad española. Para una guía detallada sobre cómo iniciar y completar este trámite, visita nuestra sección dedicada a la nacionalidad española por residencia.
Reserva tu cita para la jura ante notario
Si estás en fase de “quiero hacerlo ya”, lo que más te interesa es pedir cita para la jura de nacionalidad ante notario con la información correcta desde el principio. La clave para no perder tiempo (ni que te cancelen la firma) es verificar competencia territorial y preparar la documentación según tu caso (adulto, menor, caducidades, discrepancias de datos, etc.).
Cómo pedir cita (y qué datos te pediremos)
Para tramitar la cita jura nacionalidad notario se suelen solicitar datos básicos que permiten confirmar si el expediente encaja: nombre completo tal y como figura en la resolución, NIE, fecha de concesión/notificación, provincia de empadronamiento y un teléfono/email de contacto. Además, es muy habitual que pidan una copia de la resolución favorable (o su CSV) y un padrón actualizado. Cuanto más completo envíes este primer paquete, menos “ida y vuelta” tendrás antes de que te asignen hueco.
Disponibilidad y urgencias: qué es realista esperar
Muchos usuarios buscan “tramitar jura de nacionalidad ante notario urgente” porque lo comparan con la espera del Registro Civil. Es cierto que, a nivel de firma, la vía notarial suele ser más flexible, pero el proceso completo no termina el día que firmas: después depende del Registro Civil la inscripción y la emisión de la literal. Por eso, la mejor forma de ir rápido es: (1) pedir cita con el notario competente, (2) llevar el expediente “limpio” (sin caducidades ni discrepancias), y (3) entender plazos por fases para no frustrarte con la inscripción.
¿Qué es la jura/promesa de nacionalidad ante notario y cuándo procede?
Jura vs promesa: diferencia práctica (sin líos)
La diferencia entre jura y promesa es principalmente de formulación: la jura tiene una connotación más vinculada a creencias personales, mientras que la promesa es una declaración formal sin ese matiz. En términos legales, ambas producen el mismo efecto: sirven para completar el trámite y permitir que se formalice el acta de jura de nacionalidad y su posterior inscripción.
Requisito clave: resolución favorable de concesión
Sin resolución favorable no hay jura ante notario. La notaría no “tramita” la concesión; lo que hace es formalizar el acto final cuando ya tienes una concesión notificada. Por eso, si tu duda es “jura de nacionalidad ante notario después de resolución favorable”, la respuesta es sí: ese es el escenario típico. A partir de la notificación, recuerda el punto crítico del plazo: tienes 180 días para realizar la jura o promesa. No lo dejes para el final, porque cualquier incidencia documental puede hacerte perder semanas.
¿Puedo jurar ante notario o debo ir al Registro Civil? (Guía rápida)
Esta es una de las preguntas que más bloquea la contratación: “¿se puede hacer la jura de nacionalidad ante notario en cualquier notaría?”. La respuesta corta es: no. Hay reglas de competencia y, si no se respetan, puedes encontrarte con negativas, retrasos o cambios de notaría a última hora.
Regla general: notario competente por domicilio (y por qué importa)
La notaría para jura de nacionalidad competente suele ser la que corresponde a tu domicilio (provincia/ámbito) tal y como consta en la resolución y/o en el padrón actualizado. No es una formalidad menor: determina qué notaría puede autorizar el acta y a qué Registro Civil se remitirá la documentación para la inscripción. Cuando esta comprobación se hace bien al inicio, el proceso fluye; cuando se hace mal, es frecuente que el usuario pierda semanas entre citas que se anulan y documentación que hay que reenviar.
Si te has mudado: qué hacer antes de pedir cita
Si has cambiado de domicilio antes o después de la concesión, lo más prudente es actuar con método: (1) obtén un certificado de empadronamiento actualizado, (2) revisa qué domicilio figura en la resolución y (3) comprueba con la notaría (o con asesoramiento) si procede acreditar el cambio para fijar competencia. En la práctica, este punto se resuelve aportando el padrón y evitando “suposiciones”. Si hay dudas, se aclaran antes de la cita para que el día de la firma no te falte nada.
Casos especiales que conviene detectar desde el principio
Hay escenarios que cambian documentación o forma de comparecer: menores (según edad), personas con NIE/TIE o pasaporte caducado, discrepancias de nombre/apellidos/fecha entre documentos, y supuestos en los que se requiere intérprete o documentación adicional. Si estás en alguno de estos casos, no esperes a la cita para descubrirlo: preparar el expediente “por escenarios” evita cancelaciones y acelera la inscripción posterior.
¿Cuál es el papel del Notario en una Jura de Nacionalidad?

El Notario, como profesional del Derecho, juega un papel crucial en la Jura de Nacionalidad, proporcionando asesoramiento imparcial. Su función es garantizar que el solicitante entienda y cumpla con los requisitos legales durante el acto de jura o promesa, donde se jura fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución. Además, el notario para jura de nacionalidad Madrid o en otra parte del territorio español, asegura que el proceso se realice correctamente y en conformidad con la normativa, ofreciendo flexibilidad de horarios y atención personalizada, lo que a menudo no es posible en el Registro Civil.
La Notaria para jura de nacionalidad competente será aquel que corresponda al domicilio del solicitante registrado en la resolución de concesión de la nacionalidad. Si el solicitante ha cambiado de domicilio antes de la resolución, deberá acreditarlo con un certificado de empadronamiento para determinar el Notario competente.
El proceso ante notario es más ágil que en el Registro Civil, proporcionando mayor flexibilidad de horarios y una programación acorde a la disponibilidad del solicitante, garantizando también una atención individualizada y seguridad jurídica. Pero es importante entender el “end to end”: la agilidad suele notarse especialmente en la cita y firma, mientras que la inscripción posterior puede variar según el Registro Civil. Por eso aquí no solo hablamos de la firma, sino también de qué se firma, qué se envía, cómo se inscribe y qué hacer si se retrasa.
Documentos para el Juramento de Nacionalidad Española
Si estás buscando “documentos jura nacionalidad notario” es porque sabes que este punto marca la diferencia entre firmar a la primera o perder la cita. A continuación tienes un checklist claro y, después, una sección específica para casos frecuentes (menores, caducidades y discrepancias), que es donde más incidencias aparecen.
Para realizar la Jura de Nacionalidad ante Notario, necesitas presentar los siguientes documentos para la jura de nacionalidad española:
- Resolución de concesión de Nacionalidad Española: Incluye tus datos personales y un código CSV para verificar su autenticidad. Tienes 180 días desde que recibes esta resolución para realizar la jura de la nacionalidad española.
- Certificado original de nacimiento apostillado: Debes obtenerlo en el Registro Civil de tu país de origen y apostillarlo allí.
- Certificado de carencia de antecedentes penales apostillado.
- Tarjeta de residencia en vigor.
- Padrón actualizado: Con una antigüedad máxima de 90 días, obtenido en tu Ayuntamiento o en oficinas habilitadas. Puedes verificar tus datos en el portal del Instituto Nacional de Estadística.
- Hoja declaratoria de datos (Anexo 1): Documento oficial para la inscripción en el Registro Civil, disponible en la web del Ministerio de Justicia o proporcionado por la notaría.
- Si tienes un solo apellido paterno: Debes presentar documentos que acrediten el apellido de soltera de tu madre, como su certificado de nacimiento o el de matrimonio de tus padres, debidamente apostillados y/o traducidos si es necesario.
- Todos los documentos deben coincidir con los presentados en tu solicitud de nacionalidad.
Documentación según casos frecuentes (para evitar cancelaciones)
Además del listado básico, hay escenarios que exigen preparar el expediente con más cuidado. Esto no significa “complicar” el proceso: significa anticiparse a lo que más suele bloquear la firma o la inscripción.
Pasaporte, NIE o TIE caducados: qué suele pasar
Las caducidades son uno de los motivos más habituales de fricción. Si tu pasaporte está caducado, o si tu NIE/TIE no está vigente, puede haber problemas para identificarte correctamente y para completar el acto con seguridad. En estos casos, lo recomendable es revisar con antelación qué documento de identidad te exigen en la notaría concreta y llevar la documentación de apoyo necesaria para acreditar tu identidad y tu situación administrativa, evitando que la notaría aplaze la firma.
Discrepancias de nombre, apellidos o fechas: cómo se gestionan
Otra causa típica de retraso es que la resolución, el pasaporte, el certificado de nacimiento y la documentación del expediente no “cuadran” al 100% (tildes, doble apellido, orden, transliteraciones, fechas o lugares). La regla práctica es simple: la notaría y el Registro Civil trabajan con documentos oficiales, y cualquier diferencia debe explicarse con documentación que lo aclare. Cuanto antes se detecte, más fácil es solucionarlo sin perder la cita y sin que la inscripción se bloquee.
Traducción jurada y apostilla: cuándo “aplica” de verdad
No todos los documentos requieren lo mismo. Lo que suele ocurrir es que determinados certificados extranjeros (nacimiento, antecedentes u otros) deben estar debidamente legalizados (apostilla/legalización) y, cuando no están en castellano, acompañados de traducción jurada. Si ya aportaste esos documentos en el expediente de nacionalidad, lo importante es que ahora aportes lo que te solicitan y que sea consistente con lo ya presentado. Si hay un documento “nuevo” o actualizado, revísalo antes para evitar incompatibilidades.
Qué llevar el día de la firma (lista rápida)
- Resolución favorable de concesión (con CSV) y copia.
- Pasaporte y documento de residencia/NIE/TIE en vigor (y copias).
- Padrón actualizado (según exigencia habitual, con antigüedad limitada).
- Certificados exigidos (nacimiento, antecedentes, etc.) con apostilla y traducción jurada si corresponde.
- Hoja declaratoria de datos (Anexo 1) si te la solicita la notaría o para agilizar la inscripción.
Una vez reunida la documentación, debes acudir a la notaría jura nacionalidad en la fecha de tu cita jura nacionalidad para realizar las juras de nacionalidad española o Promesa de Nacionalidad Española. Luego, la notaría enviará la escritura al Registro Civil.
Precio / coste de la jura de nacionalidad ante notario
Si has llegado buscando “notario jura nacionalidad precio” o “cuánto cuesta la jura de nacionalidad ante notario”, es normal: el precio es uno de los mayores frenos antes de reservar. Aquí conviene separar dos conceptos: (1) el arancel notarial (lo que cobra la notaría por el acta y sus copias) y (2) la gestión/acompañamiento si contratas a un despacho para preparar documentación, revisar incidencias y hacer seguimiento. Son partidas distintas.
Precio orientativo y qué suele incluir
El coste notarial puede variar por notaría y por el contenido del acta (copias, comparecientes, anexos documentales). En términos orientativos, muchos usuarios se mueven en rangos similares a los que se ven en el mercado cuando buscan “precio de acta de jura de nacionalidad en notaría”: la clave no es solo el número, sino entender qué incluye (autorización del acta, copias, diligencias, anexos) y qué se paga aparte.
Qué puede aumentar el coste
- Copias adicionales del acta (para trámites posteriores o por preferencia del interesado).
- Comparecientes adicionales (según el caso, por ejemplo, menores con progenitores/tutores).
- Anexos documentales extensos o documentación adicional que deba incorporarse al acta.
- Intérprete cuando sea necesario, si la notaría lo exige para garantizar comprensión del acto.
- Gestión profesional (revisión, preparación, resolución de incidencias y acompañamiento), si se contrata.
Presupuesto: cómo solicitarlo
Para poder darte un presupuesto ajustado (y no “un número al aire”), lo más eficaz es revisar: tu resolución, el padrón, el documento de identidad y si hay particularidades (menor, caducidades, discrepancias, traducciones). Con esa información se detecta si la cita será directa o si conviene corregir algo antes para no perder tiempo ni dinero.
Los Apellidos en la Jura de Nacionalidad
La elección y consistencia de los apellidos es un punto más importante de lo que parece, porque impacta directamente en la inscripción. Según el Código Civil, la Ley de Registro Civil y la Instrucción de la DGRN, toda persona debe tener dos apellidos: el primero del padre y el segundo de la madre. Si la filiación es por una sola línea, los apellidos provienen de esa línea. Si solo se tiene un apellido, se duplica. Lo importante es llegar a la notaría con la documentación que justifique correctamente la composición y el orden de apellidos para evitar incidencias registrales.
Los ciudadanos comunitarios pueden optar por cambiar sus apellidos o mantener los de su país de origen. Al momento de la jura, la ley permite elegir el orden de los apellidos: primero el paterno y luego el materno, o viceversa. En la práctica, la recomendación es decidirlo con criterio y coherencia, porque ese será el nombre con el que se emitirá tu literal y, después, tu DNI/pasaporte.
Plazos: cuánto tarda la jura ante notario y la inscripción en el Registro Civil
Una de las búsquedas más repetidas es “plazo jura nacionalidad notario” y suele esconder dos preguntas distintas: (1) cuánto tardas en conseguir cita para firmar, y (2) cuánto tarda el Registro Civil en inscribir y emitir la literal para que puedas pedir DNI/pasaporte. Para evitar expectativas irreales, lo más útil es mirar el proceso por fases.
Tabla mental de fases (de la concesión al DNI/pasaporte)
- Cita en notaría: depende de disponibilidad y de que tu expediente esté listo (sin incidencias documentales).
- Firma del acta (jura/promesa): acto breve; desde ese momento, a efectos sustantivos, ya has completado el trámite de jura.
- Envío/remisión al Registro Civil: la notaría remite el acta y anexos al Registro Civil competente.
- Inscripción: fase dependiente del Registro Civil (carga de trabajo y organización interna).
- Certificado literal de nacimiento: documento clave para DNI/pasaporte; cuando lo tienes, pasas a Policía.
- Cita para DNI y pasaporte: ya puedes solicitarla y tramitar documentación española.
Factores que afectan a los tiempos (y por qué no es solo “la notaría”)
En el mercado se insiste en “más rápido que Registro Civil” porque, comparando solo la firma, suele ser cierto. Pero el punto sensible es la inscripción: depende del Registro Civil competente, de picos de demanda y de si el expediente llega sin inconsistencias. Por eso insistimos tanto en preparar bien documentos, nombres y competencia territorial: es lo que más reduce retrasos evitables.
Qué hacer si se retrasa la inscripción (orientación básica)
Si notas que los plazos se alargan, lo primero es comprobar que el Registro Civil competente es el correcto y que la documentación se remitió sin incidencias. Después, se puede valorar un seguimiento ordenado para confirmar estado del expediente. La clave es hacerlo con información (número de expediente, fechas y documentación) y sin prometer atajos: cada Registro Civil tiene ritmos distintos.
Qué se firma y qué pasa después (acta y envío al Registro Civil)
Qué es el acta de jura de nacionalidad
El acta de jura de nacionalidad es el documento notarial donde queda formalizado que has realizado la jura o promesa, que has elegido (cuando procede) tu vecindad civil y que has manifestado lo que corresponda en materia de renuncia a nacionalidad anterior si la normativa lo exige. Este acta es la base para que el Registro Civil pueda practicar la inscripción como español.
Cómo se remite al Registro Civil y cómo hacer seguimiento
Tras la firma, la notaría remite el acta al Registro Civil competente para su inscripción. Aquí es donde muchas páginas se quedan cortas: no basta con “se envía”. Lo importante es entender que el Registro Civil debe revisar, inscribir y emitir el certificado literal. El seguimiento, cuando se hace, debe basarse en fechas y referencias del expediente y en una expectativa realista de plazos según la provincia.
Después de la Jura de Nacionalidad
¿Cuánto tarda en obtener el DNI y el pasaporte?
Tras la jura, la notaria para jura de nacionalidad envía una copia al Registro Civil, que inscribe al nuevo ciudadano español y envía un certificado de nacimiento por correo electrónico. Con este certificado, puedes solicitar tu DNI y pasaporte en cualquier comisaría de policía en España.
En Madrid, el Registro Civil puede tardar entre 1 y 5 meses en enviar el certificado de nacimiento, pero ya eres español desde la jura. Lo importante es que planifiques el proceso completo: hasta que no tengas la literal, no podrás cerrar el circuito de DNI/pasaporte, y después dependerás de la disponibilidad de citas en Policía.
¿Dónde se inscribe la Jura?
La escritura de jura se inscribe en el Registro Civil de la provincia donde estás empadronado, excepto si naciste en España, en cuyo caso se inscribe en el Registro Civil de tu lugar de nacimiento. Este detalle es clave cuando el usuario busca “seguimiento del expediente tras jura de nacionalidad ante notario”: el seguimiento se hace ante el Registro Civil competente, no de forma genérica.
¿Qué sucede después de la jura ante notario?
Tras la jura de nacionalidad española ante notario, se tramita la inscripción en el Registro Civil, que emitirá el certificado de nacimiento electrónico. Luego, puedes solicitar cita para la jura de nacionalidad española en cualquier comisaría para obtener tu DNI y pasaporte, presentando:
- Certificado de nacimiento impreso.
- Dos fotografías de carné.
- Certificado de empadronamiento vigente.
- TIE o Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, si aplica.
¿Qué es el certificado de concordancia?
Es un documento que solicitas en la policía para acreditar que tu NIE y DNI pertenecen a la misma persona. Te permite actualizar tus datos en Hacienda, la Seguridad Social, tu contrato laboral, bancos, centros médicos y la Dirección General de Tráfico. En la práctica, es una de las gestiones más útiles para “cerrar” el cambio de NIE a DNI sin problemas en trámites cotidianos.
Jura de Nacionalidad ante Notario con Menores

La jura de nacionalidad ante notario con menores es un ejemplo perfecto de por qué conviene trabajar “por escenarios”: lo que cambia no es un detalle menor, cambia quién comparece y qué se firma. Por eso, si tu caso incluye hijos, prepara la cita con esta lógica desde el inicio.
El proceso de jura de nacionalidad ante notario varía según la edad del menor:
- Menores de 14 años: No pueden realizar la jura personalmente, ya que se considera un acto personalísimo. En su lugar, los padres deben firmar una escritura pública aceptando la nacionalidad concedida al menor, indicando el nombre y apellidos con los que se inscribirá en el Registro Civil, así como la vecindad civil elegida.
- Menores de 14 a 18 años: Deben presentarse ante notario junto con sus padres para realizar la jura personalmente. Durante el acto, jurarán fidelidad al Rey, a la Constitución y a las leyes, elegirán su vecindad civil, renunciarán (o no) a su nacionalidad anterior y manifestarán su nombre y apellidos.
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Preguntas frecuentes sobre la jura de nacionalidad ante notario

- ¿Cuánto cuesta la jura de nacionalidad ante notario / cuanto cobra un notario por la jura de nacionalidad española? Muchos de nuestros clientes nos preguntan cuanto cuesta la jura ante notario. El coste para saber cuanto cobra un notario de la jura varía según el número de documentos a incluir y las posibles traducciones necesarias. Generalmente, el precio de jura ante notario oscila entre 180 y 350 euros, incluyendo IVA los precios del notario. Es importante tener en cuenta que los honorarios del notario jura nacionalidad precio jura nacionalidad notario no están incluidos en los honorarios de Lexmovea y se abonan aparte.
- ¿Qué documentos necesito para la jura de nacionalidad ante notario? La base suele incluir resolución favorable, identidad (pasaporte y documento de residencia/NIE), padrón actualizado y, según el caso, certificados (nacimiento/antecedentes) con apostilla y traducción jurada si aplica. Lo importante es que todo sea coherente con lo presentado en la solicitud y que no existan caducidades o discrepancias que puedan bloquear la firma o la inscripción.
- ¿Cómo pedir cita para jura de nacionalidad ante notario? Lo habitual es contactar con la notaría competente aportando datos de identificación y la resolución favorable. Para evitar retrasos, conviene adjuntar desde el inicio resolución (o CSV), padrón y documentos de identidad, y avisar si tu caso incluye menores, caducidades o discrepancias de datos.
- ¿Cuánto tarda la jura ante notario y la inscripción en el Registro Civil? La firma puede ser relativamente rápida si hay disponibilidad, pero el tiempo total depende especialmente del Registro Civil para la inscripción y la emisión de la literal. Por eso es clave preparar bien la documentación: un expediente “limpio” se inscribe antes que uno con incidencias.
- ¿Se puede hacer la jura de nacionalidad ante notario en cualquier notaría? No. Debe hacerse ante notario competente por tu domicilio/ámbito correspondiente y bajo las reglas aplicables. Si te has mudado, lo recomendable es acreditarlo con padrón y verificar competencia antes de pedir cita, para no perder semanas.
- ¿Cuál es la diferencia entre jura y promesa de nacionalidad? Desde un punto de vista legal, no hay diferencia entre jura y promesa. La principal distinción radica en que la jura tiene una connotación religiosa, mientras que la promesa es una declaración formal sin implicaciones religiosas. Puedes elegir la opción que mejor se adapte a tus creencias personales.
- ¿Qué es la vecindad civil y cómo la elijo en la jura? La vecindad civil te vincula a un territorio específico dentro de España, lo que implica que estarás sujeto a la legislación civil común o a la foral de esa región (Cataluña, Aragón, Baleares, País Vasco, Navarra, Galicia o Extremadura). En la jura, debes elegir la vecindad civil que tenga relación contigo, ya sea por lugar de residencia (acreditado con el empadronamiento), lugar de nacimiento, vecindad de tus padres o adoptantes, o vecindad de tu cónyuge. En la mayoría de los casos, se adquiere la vecindad civil del lugar de residencia.
- ¿Puedo cambiar mi nombre en el juramento de nacionalidad? Por lo general, en el juramento nacionalidad española ante notario, conservarás tu nombre original. Sin embargo, en casos excepcionales, como cuando el nombre es denigrante o no está admitido en España, deberás cambiarlo. En la inscripción de nacimiento, se registrará el nombre que aparece en tu certificado extranjero, a menos que demuestres el uso habitual de un nombre diferente.
- ¿Cuánto tiempo tengo para realizar la jura de nacionalidad después de recibir la resolución de concesión? Tienes un plazo de 180 días desde la notificación de la concesión de nacionalidad para realizar la jura nacionalidad ante notario. Es importante no dejar pasar este plazo, ya que de lo contrario podrías perder el derecho a adquirir la nacionalidad española.
- ¿Necesito llevar algún documento específico el día de la jura? Sí, además de los documentos mencionados anteriormente (resolución de concesión, certificado de nacimiento apostillado, certificado de antecedentes penales apostillado, tarjeta de residencia en vigor, padrón actualizado y hoja declaratoria de datos para la jura de nacionalidad española), es recomendable llevar también tu pasaporte original y una copia del mismo.
- ¿Puedo realizar la jura de nacionalidad en cualquier notaría de España? No, la jura debe realizarse en una notaría ubicada en la provincia donde estás empadronado, excepto si naciste en España, en cuyo caso puedes hacerla en la notaría de tu lugar de nacimiento.
- ¿Cuánto tiempo tarda el Registro Civil en inscribir la jura y emitir el certificado de nacimiento español? El tiempo de tramitación puede variar dependiendo del Registro Civil. En algunas ciudades, como Barcelona, puede llevar entre 1 y 5 meses. Sin embargo, eres considerado español desde el momento de la jura, incluso antes de recibir el certificado de nacimiento.
- ¿Qué se firma exactamente en la notaría? Se firma el acta de jura/promesa en la que declaras tu compromiso con la Constitución y leyes, y donde se reflejan elementos como vecindad civil y, cuando corresponda, la renuncia a la nacionalidad anterior. Ese documento es el que se remite al Registro Civil para inscribir tu nacimiento como español.
- ¿Qué pasa después de la jura de nacionalidad ante notario? Tras la jura nacionalidad notaria, el acta se envía al Registro Civil para inscribir tu nacionalidad española. Una vez inscrita, podrás solicitar el DNI y pasaporte, completando así el proceso.
- ¿Cuanto tarda en llegar la partida de nacimiento después de la jura ante notario / cuánto tarda la partida de nacimiento después de la jura ante notario? Tras realizar la jura de nacionalidad ante notario, el notario remite el acta al Registro Civil correspondiente para su inscripción. Muchos clientes nos preguntan cuanto tarda el certificado de nacimiento después de la jura ante notario, pues bien, el tiempo que tarda en solicitar certificado de nacimiento después de la jura varía según la carga de trabajo del Registro Civil, pero generalmente oscila entre unas pocas semanas y varios meses. Se debe de tener en cuenta para saber cuanto tarda la jura ante notario (cuánto tarda la jura nacionalidad ante notario), que los plazos varían según la ciudad donde se realice.
- ¿Cuánto tarda en llegar la partida de nacimiento después de la jura ante notario Madrid? Para notario jura nacionalidad madrid, después de la jura de nacionalidad ante notario, la partida de nacimiento suele tardar entre 1 y 3 meses en llegar al Registro Civil correspondiente. El tiempo puede variar dependiendo de la carga de trabajo del Registro. Es recomendable consultar regularmente con el Registro Civil o a través de la plataforma online del Ministerio de Justicia.
- ¿Qué debo hacer si tengo dudas sobre el proceso de jura de nacionalidad? Si tienes alguna pregunta o necesitas asesoramiento sobre la jura de nacionalidad, no dudes en contactar a Lexmovea. Nuestro equipo de abogados especializados en extranjería estará encantado de ayudarte en cada paso del proceso.
- ¿Qué pasa si mi NIE/TIE o pasaporte está caducado? Es uno de los escenarios que más suele provocar aplazamientos. Lo recomendable es revisar antes de la cita qué documento de identidad exige la notaría y preparar la documentación de apoyo necesaria para acreditar identidad y situación, evitando perder el hueco asignado.
- ¿Qué ocurre si mis apellidos o mi fecha no coinciden entre documentos? Las discrepancias (tildes, orden, transliteraciones, fechas) deben detectarse antes. Si no se corrigen o justifican, pueden afectar a la firma o, sobre todo, a la inscripción en Registro Civil. Prepararlo con antelación evita meses de espera por incidencias.
- ¿Puedo hacer la jura de nacionalidad ante notario? Sí, se puede hacer la jura de nacionalidad ante notario si tu expediente fue tramitado por la plataforma del Ministerio de Justicia. Esto agiliza el proceso, siempre que tengas la resolución favorable y los documentos requeridos.
- ¿Cómo pedir permiso en un juramento? Pedir permiso durante una jura de nacionalidad notario es una formalidad sencilla pero importante. En la jura de nacionalidad, por ejemplo, puedes dirigirte respetuosamente al funcionario o notario diciendo algo como: «¿Puedo proceder con el juramento?» o «¿Me permite continuar con el juramento?». Esto muestra educación y confirma que entiendes el proceso. Recuerda llevar tus documentos para jura nacionalidad necesarios y seguir las instrucciones del profesional encargado para que todo fluya sin problemas.
¿Tienes más preguntas?
En Lexmovea, estamos a tu disposición para resolver cualquier duda que tengas sobre el proceso de jura de nacionalidad, desde la cita y los documentos hasta el seguimiento tras la jura y los pasos para llegar a DNI/pasaporte. ¡No dudes en contactarnos!