Contratación de Extranjeros con el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura en España

El Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura es una herramienta clave para empresas en España que necesitan contratar trabajadores extranjeros de forma legal y eficiente. Esta vía permite tramitar una autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena en origen con una ventaja decisiva: cuando la ocupación está en el catálogo vigente, la empresa queda exenta de justificar la insuficiencia de demandantes en España (no hace falta el informe negativo del SEPE). Esto convierte el catálogo en la “puerta de entrada” más práctica para cubrir vacantes reales en sectores con escasez de mano de obra.

Esta página está pensada para ayudar a cómo saber si tu puesto encaja, dónde consultar el catálogo oficial, qué requisitos debe cumplir la empresa, qué documentación preparar (empresa y trabajador), el proceso paso a paso (solicitud → resolución → visado → entrada → alta en SS → TIE), plazos, costes y errores que causan denegaciones. Si quieres que lo gestionemos por ti, encontrarás un bloque final con lo que necesitamos para un diagnóstico rápido y presupuesto.

📍 Contenido orientado a empresarios, RR. HH., asesores laborales y despachos que quieren utilizar correctamente el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura para contratar en origen, con ejecución paso a paso y enfoque de prevención de denegaciones.

Índice

¿Qué es el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura (SEPE) y por qué importa para tu empresa?

El Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura es un listado publicado trimestralmente por el SEPE que identifica ocupaciones para las que, en una provincia concreta, es difícil encontrar candidatos disponibles en el mercado laboral español. Cuando el puesto está incluido, la empresa puede iniciar contratación en origen sin acreditar la situación nacional de empleo (es decir, sin informe de insuficiencia de candidatos).

Qué significa “difícil cobertura” y relación con la situación nacional de empleo

En el régimen general, para contratar en origen suele ser necesario demostrar que no hay candidatos disponibles en España (o acudir al Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura). El catálogo funciona como una “presunción” de insuficiencia: si la ocupación está incluida para tu provincia, Extranjería no te exige el informe del SEPE para esa vacante.

Periodicidad trimestral y alcance provincial (cómo afecta a tu caso)

El catálogo se actualiza cada trimestre y se publica por provincias. Esto es crítico: una ocupación puede estar incluida en una provincia y no en otra. Por eso, el primer paso no es “buscar el oficio”, sino cruzar: ocupación + provincia del centro de trabajo + trimestre vigente. Aquí es donde se cometen más errores (y donde más valor aporta la asesoría).

Fundamento legal

El catálogo se regula en el artículo 65 del Reglamento de Extranjería (RD 557/2011) y su actualización responde al análisis del SEPE de necesidades laborales por provincia.

🔍 Actualización vigente: BOE-A-2025-16768, publicado el 15 de julio de 2025, recoge una versión del catálogo diferenciando por provincias y ocupaciones autorizadas (recuerda: el catálogo se actualiza trimestralmente, por lo que siempre hay que verificar el trimestre vigente).

¿Qué permite este catálogo?

Si la ocupación está incluida para tu provincia, puedes contratar a una persona extranjera no residente en España en origen sin el informe del SEPE. Esto es especialmente útil en sectores con escasez estructural:

  • Marítimo-pesquero (marineros, cocineros de barco)
  • Construcción (oficiales especializados)
  • Hostelería
  • Transporte

Cómo saber si tu puesto encaja en el catálogo (paso previo clave)

La pregunta más importante para una empresa es: ¿cómo saber si un puesto está en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura? La respuesta no es solo “mirar el BOE”: hay que interpretar correctamente la denominación, la provincia y la coherencia del puesto real con la ocupación listada.

Dónde consultar el catálogo oficial (SEPE/BOE)

La fuente oficial es el catálogo publicado trimestralmente por el SEPE y difundido en el BOE. Para evitar errores, revisa siempre el trimestre vigente y conserva el BOE/PDF como evidencia interna del encaje (provincia + ocupación).

Cómo interpretar “todas las provincias” vs provincia concreta

Algunas ocupaciones aparecen en múltiples provincias o en casi todas; otras solo en determinadas. El criterio clave es el lugar del centro de trabajo. No vale “mi empresa está en Madrid pero lo contrato para otra provincia”: el encaje se analiza donde se desarrolla la actividad laboral.

Puesto real vs denominación del catálogo (funciones, coherencia y riesgos)

La ocupación del catálogo es una denominación estándar, pero Extranjería revisa si el puesto real coincide: funciones, categoría, jornada, salario y convenio. “Cambiarle el nombre” al puesto sin que las funciones encajen es un motivo típico de requerimiento o denegación. Por eso, en Lexmovea hacemos una validación de encaje (ocupación–puesto–provincia) antes de presentar.

¿Quién puede contratar a través de este procedimiento?

No está reservado a grandes empresas. Puede usarlo cualquier empleador (persona física o jurídica) si cumple requisitos y el puesto está en catálogo vigente para su provincia. En la práctica, lo que más se revisa es solvencia, cumplimiento con AEAT/Seguridad Social y coherencia contractual.

Requisitos del empleador (empresa)

  • Necesidad real de cubrir un puesto incluido en el catálogo provincial vigente.
  • Solvencia económica para sostener el salario y obligaciones laborales.
  • Estar al corriente con Seguridad Social y Hacienda.
  • No haber sido sancionado en los últimos 12 meses por infracciones graves en materia de contratación o extranjería (cuando aplique).

¿Qué tipo de trabajadores pueden ser contratados?

  • Extranjeros no residentes en España (en origen).
  • Que no estén en situación irregular en España (esta vía no es para “regularizar” a alguien que ya está sin papeles en territorio nacional).
  • Con cualificación/experiencia adecuada si el puesto lo requiere.

Procedimiento paso a paso: contratación en origen usando una ocupación de difícil cobertura

Esta es la parte que más convierten las empresas: el “cómo lo hago”. Aquí tienes el flujo completo, pensado para RR. HH.:

Fase 1 — Preparación del expediente (empresa + candidato)

Se valida encaje en catálogo (provincia + ocupación) y se prepara un expediente coherente: contrato, condiciones, solvencia, identidad y documentación del trabajador. Esta fase es la que evita denegaciones por forma.

Fase 2 — Presentación de solicitud (quién presenta y dónde)

El empleador inicia el procedimiento de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena (inicial) mediante modelo EX-03 y anexos, ante la Oficina de Extranjería competente por provincia del puesto. Puede presentarse telemáticamente (MERCURIO) o por representante autorizado.

Fase 3 — Resolución de Extranjería (y posibles subsanaciones)

El plazo legal habitual para resolver es de 3 meses. Si hay requerimiento, se debe contestar en plazo con documentación completa. La mayoría de “casos que se caen” no es por falta de catálogo, sino por solvencia insuficiente o contrato incoherente.

Fase 4 — Visado en consulado y entrada en España

Con la autorización concedida, el trabajador solicita el visado en el consulado español en su país. Una vez concedido el visado, entra en España dentro del plazo indicado.

Fase 5 — Alta en Seguridad Social y pasos posteriores (TIE)

Tras la entrada, la empresa debe tramitar el alta en Seguridad Social en plazo y el trabajador tramita la TIE (huellas) en el plazo correspondiente. Este paso es crítico: si no se hace el alta, la autorización puede quedar sin efecto.

Requisitos y documentación (checklist por actor)

La parte que más bloquea a empresas es “qué documentos exactamente”. Aquí va una checklist práctica, separando empresa vs trabajador. Si lo deseas, también te lo entregamos como checklist descargable por fases.

Documentación de la empresa (empleador)

  • EX-03 y formulario/solicitud completa.
  • Identidad y representación: NIF empresa, escrituras/poderes si aplica, identificación del firmante.
  • Solvencia: documentación fiscal/contable suficiente (declaraciones, cuentas, etc.).
  • Contrato firmado conforme a convenio y SMI anual (jornada, funciones, salario, duración mínima coherente).
  • Estar al corriente: certificados o consulta de obligaciones AEAT/Seguridad Social cuando corresponda.

Documentación del trabajador (candidato en origen)

  • Pasaporte completo en vigor.
  • Cualificación o experiencia (títulos, certificados, vida laboral, cartas de empleador, etc.) si el puesto lo exige.
  • Antecedentes penales (legalizados/apostillados y traducidos si procede).
  • Documentación consular adicional según consulado (por ejemplo, médico, formularios y fotos).

Errores típicos que generan requerimientos o denegación

  • Ocupación no encaja en la provincia o trimestre correcto.
  • Contrato “vago”: funciones poco definidas o salario/jornada no coherentes con convenio.
  • Solvencia insuficiente o documentación económica débil.
  • Documentos del trabajador incompletos o mal formalizados (antecedentes sin apostilla/traducción, vigencias caducadas).

Plazos, costes y riesgos (lo que RR. HH. necesita para planificar)

Plazos orientativos por fase (cuellos de botella)

El timeline real depende de la provincia, carga de Extranjería, rapidez en responder requerimientos y tiempos consulares. De forma orientativa, los cuellos de botella suelen ser: documentación del trabajador (antecedentes/apostilla) y subsanaciones por contrato/solvencia. Planificar con margen evita urgencias y costes extras.

Costes habituales: tasas + traducciones/apostilla + gestión

El coste total suele incluir: tasas oficiales, traducciones juradas, apostilla/legalización, y (si contratas servicio) honorarios por tramitación y seguimiento. Para empresas, el “coste oculto” más importante es el retraso: una denegación obliga a reiniciar y perder trimestre/provincia. Por eso, nuestro enfoque es preventivo.

¿Qué pasa si el catálogo cambia durante la tramitación?

El catálogo es trimestral. Por eso conviene tramitar con el catálogo vigente y guardar evidencia del trimestre. Si el proceso se prolonga, la estrategia es evitar que el expediente se quede “colgando” por cambios de trimestre: se planifica presentación, respuesta a requerimientos y fase consular con calendario realista.

Recomendaciones prácticas para empresas que desean contratar mediante el catálogo

Contratar con el Catálogo de Difícil Cobertura es una gran oportunidad, pero hay que hacerlo con estrategia administrativa:

  • Consulta el catálogo actualizado cada trimestre y verifica provincia del centro de trabajo.
  • Prepara la oferta/contrato con detalle: funciones claras, salario y jornada conforme a convenio.
  • Solvencia sólida: mejor “de más” que “de menos”. La solvencia es el filtro real de Extranjería.
  • Control de tiempos: ten calendario y margen para documentos del trabajador (antecedentes, traducciones).
  • Plan de contingencia: qué hacer si no encaja en catálogo (informe SEPE u otras vías).

Errores frecuentes al utilizar el catálogo (y cómo evitarlos)

Ofertas vagas o mal redactadas
Si no hay funciones claras, salario, jornada y convenio aplicable, el expediente se debilita y aparecen requerimientos.

✅ En Lexmovea revisamos el contrato y la descripción del puesto con enfoque de extranjería para que la ocupación encaje y se sostenga.

Desconocimiento del catálogo provincial
Presentar sin confirmar provincia/trimestre es uno de los errores más caros.

✅ Validamos el catálogo vigente por trimestre y provincia, y documentamos el encaje.

No acreditar solvencia económica
La falta de soporte fiscal/contable genera requerimientos o denegación.

✅ Preparamos el expediente de solvencia con documentación adecuada al tipo de empleador.

Perfil del trabajador no acreditado
Aunque esté en catálogo, el trabajador debe cumplir requisitos y, si procede, acreditar experiencia/títulos.

✅ Revisamos la documentación del trabajador y las formalidades (apostilla/traducción/vigencias) antes de fase consular.

Servicios de Lexmovea para empleadores: lo hacemos por ti

En Lexmovea no solo asesoramos: ejecutamos el proceso con enfoque empresa-first. Servicio integral:

  • Validación del encaje en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura (provincia + trimestre + puesto real).
  • Redacción/revisión de contrato y oferta conforme a convenio y exigencias de Extranjería.
  • Preparación y presentación del expediente ante Extranjería (MERCURIO o registro).
  • Seguimiento, subsanaciones y estrategia ante requerimientos.
  • Coordinación de fase consular, entrada en España y acompañamiento en TIE.
  • Representación legal si hay denegación y necesidad de recurso.

Preguntas frecuentes sobre el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura

  1. ¿Cómo saber si un puesto está en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura? Debes consultar el BOE/SEPE del trimestre vigente y verificar que la ocupación figure para la provincia del centro de trabajo. Además, el puesto real (funciones/salario/convenio) debe ser coherente con la ocupación listada.
  2. ¿Dónde se publica el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura del SEPE? Se publica trimestralmente por el SEPE y se difunde en el BOE. Es imprescindible usar la versión vigente.
  3. ¿Qué requisitos debe cumplir la empresa para contratar un extranjero con ocupación de difícil cobertura? Solvencia, estar al corriente con AEAT/Seguridad Social, contrato conforme a convenio/SMI y necesidad real del puesto incluido en catálogo provincial vigente.
  4. ¿Qué documentación se necesita para la autorización de residencia y trabajo inicial por cuenta ajena? EX-03 y documentos de empresa (identidad/representación/solvencia/contrato) + documentos del trabajador (pasaporte, antecedentes apostillados, experiencia/títulos si procede), además de la documentación consular para el visado.
  5. ¿Cuánto tarda el permiso de trabajo por ocupación de difícil cobertura? Depende de provincia, requerimientos y consulado. Legalmente Extranjería puede resolver en hasta 3 meses; el tiempo total incluye visado, entrada, alta en SS y TIE. Planifica con margen.
  6. ¿Se puede contratar a cualquier extranjero con este sistema? No. Está pensado para extranjeros no residentes en España (en origen). No es un mecanismo para regularizar a personas ya en situación irregular en España.
  7. ¿Qué pasa si la ocupación no está en el catálogo? La empresa debe acudir a la vía ordinaria: informe del SEPE (insuficiencia de candidatos) u otras modalidades de contratación, según el caso.