Visado de Residencia por Traslado Intraempresarial en España

Si tu empresa te traslada a trabajar a España, ya sea a la misma empresa y u otra empresa del mismo grupo empresarial, es necesario solicitar una autorización de residencia por traslado intraempresarial.

¿Qué es la residencia por traslado intraempresarial?

La autorización de residencia por traslado intraempresarial es un tipo de permiso de trabajo de 3 años destinado a aquellos trabajadores trasladados a España por empresas con sedes en varios países. Por ejemplo, una multinacional con sede en Estados Unidos y otra en España puede trasladar trabajadores de una sede a otra gracias a este visado, permitiendo a dichos trabajadores permanecer legalmente en el país mientras desarrollan su actividad profesional.

Específicamente, esta autorización permite el traslado de trabajadores, directivos o especialistas de una sede a otra para que:

  • Completen una formación que requiera estar en España.
  • Realicen su actividad profesional de manera habitual en la sede española por motivos de reestructuración.
  • Dirijan uno o varios equipos en el país.

¿A quién está dirigida la residencia por traslado intraempresarial?

Esta autorización está diseñada para profesionales extracomunitarios que serán trasladados a España por su empresa para trabajar en una filial o sucursal española, o en una empresa con la que exista una estrecha relación comercial.

La normativa española permite el traslado intraempresarial de trabajadores extranjeros no pertenecientes a la UE, EEE o Suiza a través de dos opciones: la autorización ICT-UE, destinada a directivos, especialistas y trabajadores en formación; y la autorización nacional, aplicable a otros casos como la ejecución de contratos (CSS) o relaciones profesionales específicas (IPs).

¿Cuál es tu Situación Actual?

  • Si estás legalmente en España: La empresa de acogida en España deberá solicitar la autorización de traslado intraempresarial en tu nombre.
  • Si estás fuera de España: Deberás solicitar un visado nacional para poder entrar al país una vez que se te haya concedido la autorización de residencia por traslado intraempresarial.

Legislación relacionada

Los visados por traslado intraempresarial están regulados bajo la Ley de Emprendedores 14/2013, como una iniciativa para fomentar la presencia de empresas extranjeras en España, así como el talento internacional, potenciando la economía española como resultado.

Un aspecto muy positivo es que la UGE (Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos) revisa todas las solicitudes, lo que permite una resolución en tiempo récord.

Ventajas de residencia por traslado intra-empresarial

Este visado ofrece diversas ventajas y beneficios, entre ellas:

  • Solicitud conjunta: Posibilidad de incluir a tus familiares (cónyuge o pareja de hecho, hijos y padres a cargo).
  • Resolución rápida: Habitualmente en 20 días.
  • Solicitud desde España: Puedes solicitarlo estando en España como turista.
  • No se tiene en cuenta la situación nacional de desempleo: Algo que suele dificultar la obtención de un permiso de trabajo.
  • Duración de 3 años: Se concede por 3 años en lugar de 1, como en el régimen general.
  • Movilidad en la UE: Posibilidad de entrar, residir y trabajar en cualquier estado miembro de la UE al obtener la tipología ICT-UE.

Requisitos para solicitar el Visado y Residencia de Traslado Intraempresarial

Requisitos para la Solicitud de Autorización de Traslado Intraempresarial

Tanto el empleado como la empresa deben cumplir con ciertos requisitos para que la solicitud de traslado intraempresarial sea exitosa:

Requisitos del Empleado:

  • Situación legal en España: No encontrarse en situación irregular en el territorio español.
  • Edad: Ser mayor de 18 años.
  • Antecedentes penales: No tener antecedentes penales en España ni en los países donde haya residido durante los últimos cinco años.
  • Entrada y estancia legal: No tener prohibida la entrada en España ni estar considerado como rechazable en países con los que España tenga acuerdos.
  • Cualificación o experiencia: Contar con una titulación superior o equivalente, o en su defecto, tener al menos tres años de experiencia profesional relevante.
  • Relación laboral previa: Haber mantenido una relación laboral o profesional, previa y continuada, de al menos tres meses con una o varias empresas del mismo grupo empresarial.

Requisitos de la Empresa:

  • Actividad empresarial real: Demostrar que la empresa o grupo empresarial tiene una actividad económica real y está en funcionamiento.
  • Relación entre empresas: Acreditar que el traslado se realiza entre dos empresas del mismo grupo empresarial o entre dos empresas que tienen un acuerdo de prestación de servicios.
  • Garantizar un certificado de cobertura de Seguridad Social: Garantizar la cobertura de Seguridad Social, incluyendo la cobertura sanitaria, del trabajador. Esto se puede hacer mediante un certificado de cobertura si existe un convenio entre España y el país de origen del trabajador, o nombrando un representante que se haga cargo de las cotizaciones si no existe convenio.
  • Documentación del traslado: Proporcionar documentación que acredite las condiciones del traslado del trabajador.
  • Pago de tasa: Abonar la tasa correspondiente para la tramitación de la autorización.

Cumplir con estos requisitos es esencial para que la solicitud de autorización de traslado intraempresarial sea aprobada y el trabajador pueda comenzar su actividad laboral en España de manera legal.

Vigencia de la Autorización y Posibilidad de Traer a la Familia

¿Cuál es la duración de la autorización de residencia por traslado intraempresarial?

La autorización de residencia por traslado intraempresarial tiene una duración ligada a la del traslado mismo. En general, esta autorización es válida por un máximo de tres años, con posibilidad de renovación por periodos de dos años si las condiciones que motivaron el traslado siguen vigentes.

Sin embargo, existen algunas excepciones en cuanto a la duración máxima del traslado y, por ende, de la autorización, según la categoría del trabajador:

  • Trabajadores en formación: La duración máxima es de un año.
  • Directivos y especialistas: La duración máxima del traslado es de tres años.

¿Puedo traer a mi familia conmigo a España?

¡Sí! Tus familiares pueden acompañarte en tu traslado y solicitar, de manera conjunta o posterior, la autorización de residencia o el visado correspondiente. Esta posibilidad se extiende a:

  • Cónyuge o pareja de hecho.
  • Hijos menores de edad o mayores de edad que dependan económicamente del titular o de su pareja y no hayan formado su propia unidad familiar.
  • Ascendientes a cargo en primer grado del titular o de su pareja.

Esta opción facilita la reunificación familiar y permite que tus seres queridos te acompañen durante tu estancia en España.

Proceso de solicitud paso a paso

Este visado es una excelente oportunidad para profesionales que desean trasladarse a España y trabajar en una empresa multinacional, disfrutando de múltiples beneficios y un proceso de solicitud eficiente.

  1. Obtención de la oferta de trabajo: Asegúrate de tener una oferta de trabajo de la sede española de la multinacional.
  2. Iniciación del proceso por la empresa: La empresa debe iniciar el proceso y presentar la solicitud.
  3. Documentación necesaria: Debes presentar una serie de documentos, incluyendo el contrato de trabajo, comprobantes de cualificación profesional, y una carta de la empresa justificando el traslado.
  4. Presentación de la solicitud: La solicitud debe ser presentada a la UGE.
  5. Resolución: La UGE revisará la solicitud y, en caso de ser aprobada, emitirá la autorización de residencia.

Proceso de Solicitud: Fase Consular y Fase de Residencia en España

El trámite para obtener la residencia por traslado intraempresarial consta de dos fases diferenciadas:

1. Fase Consular: Obtención del Visado

  • Lugar de presentación: Misiones diplomáticas y oficinas consulares de España en tu país de residencia.
  • Modalidad: Presencial únicamente.
  • Consulta con la misión diplomática u oficina consular correspondiente para conocer los detalles específicos del proceso antes de iniciar la solicitud. También puedes apoyarte en empresas como Lexmovea con alta experiencia en el proceso.

2. Fase de Solicitud de la Residencia en España

  • Lugar de presentación: Sede electrónica de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).
  • Modalidad: Online.
  • Solicitante: La empresa o entidad que acoge al trabajador en España debe realizar este trámite.

Es importante tener en cuenta que la fase consular solo es necesaria si el trabajador se encuentra fuera de España. Si ya está residiendo legalmente en el país, se puede proceder directamente a la solicitud de la autorización de residencia en España.

Documentación Requerida para el Traslado Intraempresarial

Para solicitar la autorización de residencia por traslado intraempresarial, es necesario presentar la siguiente documentación:

Documentación del Empleado:

  • Pasaporte: Copia completa del pasaporte con una validez mínima de un año y al menos dos páginas en blanco.
  • Certificado de antecedentes penales: Expedido por el país o países donde hayas residido en los últimos dos años, por delitos contemplados en la legislación española. Además, se debe presentar una declaración responsable de no tener antecedentes penales en los últimos cinco años.
  • Titulación o experiencia: Documentación que acredite la posesión de una titulación superior o equivalente (legalizada, traducida y, si es necesario, homologada), o bien un certificado que demuestre al menos tres años de experiencia profesional relevante.
  • Relación laboral previa: Documentos que acrediten una relación laboral o profesional previa y continuada de al menos tres meses con una o varias empresas del grupo empresarial.

Documentación de la Empresa:

  • Acreditación del traslado: Documentos que demuestren la realización del traslado intraempresarial.
  • Cobertura de Seguridad Social: Documentación que acredite la cobertura de Seguridad Social y seguro médico del trabajador, en caso de que no vaya a tener cobertura sanitaria pública.
  • Actividad empresarial real: Documentos que demuestren la existencia de una actividad empresarial real, tanto de la empresa de acogida como del grupo empresarial, si corresponde.

Plazos de Resolución:

  • Autorización: La resolución de la autorización de residencia por traslado intraempresarial se emitirá en un plazo de veinte días hábiles. La empresa solicitante será notificada por correo electrónico.
  • Visado: Una vez obtenida la autorización, el pago de la tasa y el cumplimiento de los requisitos, el visado de residencia por traslado intraempresarial se expedirá en un plazo de diez días hábiles.

Recuerda: Es importante presentar toda la documentación requerida de forma completa y correcta para evitar retrasos o denegaciones en el proceso. Si tienes dudas, consulta con un experto en extranjería para recibir asesoramiento personalizado.

Tipos de permiso de residencia por visado intraempresarial

  • Permiso ICT-UE: Este tipo de permiso permite la movilidad dentro de la Unión Europea para trabajadores trasladados entre las sedes de una empresa multinacional. Además de trabajar en España, podrás desempeñar tus funciones en otros estados miembros de la UE.
  • Permiso Nacional: Este tipo de permiso está limitado a la actividad en España, permitiendo el traslado y trabajo en una sede española de la multinacional sin la posibilidad de movilidad por otros países de la UE.

Autorización de residencia por traslado intraempresarial ICT UE

Esta tarjeta se solicitará cuando se pretenda trasladar a uno de los tres tipos de trabajadores a España:

  1. Trabajadores en formación: Necesitan realizar actividades formativas en la sede española para integrarse en los procesos y operaciones de la empresa, durante este tiempo seguirán percibiendo un sueldo.
  2. Especialistas: Poseen conocimientos de valor y deben trasladarse a España para compartirlos con el equipo en el país.
  3. Directivos y gerentes: Requieren gestionar una división o departamento en la sede española.

En estos casos, la duración del traslado puede ser de un máximo de 1 año para formación y 3 años para especialistas y directivos.

Una de las principales ventajas de este tipo de autorización es la movilidad dentro de la UE. Cualquier trabajador extranjero en una sede de la empresa en otro país de la UE puede ser trasladado a España, y viceversa, siempre con previo aviso a la UGE.

Autorización nacional de residencia por traslado intraempresarial

Esta variación se aplica cuando la duración máxima del traslado en el caso anterior (1 año o 3 años según el tipo de profesional) ha concluido, o para otros supuestos, como el traslado de trabajadores para la ejecución de un contrato (CSS) o por una relación profesional (IPs).

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Preguntas frecuentes sobre el Traslado Intraempresarial a España

  1. ¿Qué es el traslado intraempresarial? Es un permiso que permite a profesionales extranjeros trabajar en España en una empresa relacionada con su empleador en el extranjero.
  2. ¿Quiénes pueden solicitarlo? Profesionales extracomunitarios trasladados a España por su empresa.
  3. ¿Cuál es la duración de la autorización? Máximo tres años para directivos y especialistas, un año para trabajadores en formación, renovable si se mantienen las condiciones.
  4. ¿Puedo traer a mi familia conmigo? Sí, cónyuge, pareja de hecho, hijos dependientes y ascendientes a cargo pueden acompañarte.
  5. ¿Cuáles son los requisitos para el empleado? Estar en situación regular, ser mayor de 18 años, sin antecedentes penales, con titulación superior o 3 años de experiencia, y relación laboral previa de 3 meses.
  6. ¿Cuáles son los requisitos para la empresa? Demostrar actividad real, relación entre empresas, cobertura de Seguridad Social, acreditar condiciones del traslado y pagar la tasa.
  7. ¿Cómo se realiza el trámite? Fase consular (si estás fuera de España) para obtener el visado, y fase de residencia (en España o con visado) para la autorización.
  8. ¿Qué documentación necesito? Empleado: pasaporte, antecedentes penales, titulación/experiencia y prueba de relación laboral previa; Empresa: documentos del traslado, Seguridad Social, actividad empresarial y condiciones.
  9. ¿Cuánto tiempo tarda el trámite? La autorización se resuelve en 20 días hábiles y el visado en 10 días hábiles tras la autorización.
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