Orden de Expulsión España: procedimiento y revocación

En el ámbito de extranjería, la orden de expulsión es una medida administrativa que obliga al extranjero a abandonar el territorio nacional, y que puede ser dictada tras un proceso administrativo o judicial. En general, la expulsión se acompaña de una prohibición de retorno, que se aplica no solo a España, sino también al espacio Schengen, dependiendo de las circunstancias del caso.

¿En qué casos se impone una orden de expulsión?

De acuerdo con la Ley Orgánica 4/2000, la orden de expulsión puede ser dictada como una alternativa a la multa en los siguientes supuestos:

  1. Infracción grave: Incluye violaciones de las normas de seguridad pública o incumplimientos relacionados con la estancia en España sin la debida autorización.
  2. Infracción muy grave: Como participar en actividades que atenten contra la seguridad nacional, la inmigración irregular, o cometer delitos sancionados con penas de prisión superiores a un año.
  3. Delitos dolosos: Condenas firmes, tanto dentro como fuera de España, por delitos cuya pena implique más de un año de prisión.

Efectos derivados de la orden de expulsión

La expulsión de un extranjero comporta varios efectos importantes, tales como:

  • La extinción de cualquier autorización de residencia o trabajo que el extranjero pueda tener en España.
  • La prohibición de entrada a España durante el tiempo determinado en la resolución de expulsión.
  • En ciertos casos, la clausura temporal de establecimientos o locales que hayan sido utilizados para violar las leyes de extranjería, con sanciones que van de 6 meses a 5 años.
  • El decomiso de bienes utilizados para cometer la infracción, especialmente cuando se trata de actividades ilícitas relacionadas con la inmigración clandestina.

Además, esta orden será comunicada al Consulado o Embajada del país del extranjero y registrada en el Registro Central de Extranjeros.

Procedimiento para la Orden de Expulsión

procedimiento Orden de Expulsión España

El procedimiento para la imposición de una orden de expulsión puede seguir dos rutas: el procedimiento ordinario o el preferente. Este último suele ser el más comúnmente empleado, ya que agiliza el proceso de expulsión.

En primer lugar, la comisaría de policía notificará al extranjero sobre el inicio del procedimiento de expulsión, proporcionando los datos personales del afectado y especificando los motivos que justifican la medida. A partir de aquí, como abogados especializados en extranjería en Madrid, nos encargaremos de elaborar un escrito de alegaciones en un plazo máximo de 48 horas, donde refutamos la procedencia de la expulsión, presentamos pruebas que respalden nuestra postura y, en caso necesario, proponemos la práctica de pruebas adicionales.

La administración competente está obligada a resolver la solicitud en un plazo máximo de seis meses, según lo dispuesto por el artículo 225 del Reglamento 557/2011, de 20 de abril. Si no se resuelve en ese tiempo, podremos solicitar la caducidad del procedimiento. En caso de que se dicte una resolución, esta será susceptible de recurso: recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución (en el plazo de un mes) o recurso contencioso-administrativo ante los tribunales (en el plazo de dos meses).

La expulsión inmediata

En casos excepcionales, la expulsión inmediata puede ser solicitada cuando el extranjero está involucrado en un proceso judicial relacionado con delitos graves. La solicitud se realiza ante el juez, quien autoriza la expulsión en el plazo más breve posible, no superior a 3 días, a menos que existan circunstancias excepcionales que justifiquen la no aplicación de esta medida.

Excepciones a la expulsión de España

No se podrá imponer una orden de expulsión en algunos casos específicos, como:

  • Extranjeros nacidos en España que hayan residido legalmente en el país durante más de 5 años.
  • Residentes de larga duración: Si el extranjero ha residido legalmente en España durante un periodo considerable, se evaluarán los lazos familiares y sociales antes de dictar la expulsión.
  • Personas con protección internacional: Los beneficiarios de asilo o de protección en otro Estado miembro de la UE no pueden ser expulsados a su país de origen si existe riesgo para su seguridad.
  • Excepciones por razones de salud o embarazo: La expulsión no se llevará a cabo si afecta a mujeres embarazadas o si existe un riesgo para su salud o la de su bebé.

Duración de la prohibición de entrada en España

La prohibición de entrada a España impuesta como consecuencia de la expulsión tiene un límite temporal que varía según las circunstancias. En general, la prohibición puede ser de hasta cinco años. Sin embargo, si el extranjero supone una amenaza grave para el orden público, la seguridad nacional o la salud pública, la prohibición puede extenderse hasta diez años, conforme al artículo 58 de la Ley 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.

En ciertos casos, la expulsión se puede imponer sin que se aplique la prohibición de entrada, como sucede cuando el extranjero está en situación irregular o se encuentra trabajando sin los permisos correspondientes de residencia y trabajo (artículos 53.1 a y b de la Ley 4/2000).

Duración de la orden de expulsión y la prohibición de entrada

Orden de Expulsión en España

La prohibición de entrada al país varía dependiendo de las circunstancias del caso. En general, esta prohibición no excederá de 5 años. Sin embargo, si el extranjero representa una amenaza grave para el orden público, la seguridad nacional o la salud pública, esta prohibición puede extenderse hasta 10 años. Esta medida también se aplica a los territorios Schengen por acuerdo con los países miembros.

Revocación de la Orden de Expulsión

La revocación de la orden de expulsión es posible en diversas circunstancias, según lo estipulado en el artículo 241 del Reglamento 557/2011. Algunas de las situaciones que pueden dar lugar a la revocación incluyen:

  • Si el extranjero que ha sido objeto de una orden de expulsión por estancia irregular demuestra que ha solicitado previamente una autorización de residencia por circunstancias excepcionales.
  • Si, en el caso de la expulsión por estancia irregular o trabajo sin permiso, se ha solicitado la residencia por razones excepcionales (como en los casos de víctimas de violencia de género, víctimas de trata o colaboración con bandas organizadas).
  • Si el extranjero tiene una orden de expulsión pendiente de ejecución, pero se presentan indicios claros de que su solicitud de residencia podría ser procedente, a pesar de no haber sido aceptada aún.

La Pena de Multa en Lugar de la Expulsión

El Tribunal Supremo, en su sentencia nº 366/2021, establece una importante doctrina sobre las sanciones por estancia irregular en España. De acuerdo con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), no existe un automatismo entre la estancia irregular y la expulsión. La normativa comunitaria sobre retorno exige que haya circunstancias agravantes adicionales para que proceda la expulsión.

En este sentido, la jurisprudencia establece que la regla general será la imposición de multa por estancia irregular, y solo en caso de que se aprecien circunstancias agravantes que justifiquen la expulsión, se podrá aplicar esta medida. El principio de proporcionalidad debe prevalecer, y la sanción más grave, la expulsión, solo será procedente cuando los hechos justifiquen este extremo.

Así, la expulsión se considera una medida extraordinaria, y su aplicación dependerá de los detalles concretos del expediente y la evaluación de los agravantes presentes en el caso.

Plazo de ejecución de la orden de expulsión

procedimiento Orden de Expulsión en España

El plazo para ejecutar la orden de expulsión depende del tipo de procedimiento seguido:

  1. Procedimiento preferente: La expulsión será ejecutada de manera inmediata.
  2. Procedimiento ordinario: El extranjero tendrá un plazo voluntario para abandonar el país, el cual puede ser prorrogado si existen menores a su cargo o circunstancias excepcionales. En caso de no abandonar España en ese plazo, se procederá a su expulsión forzada.

Preguntas Frecuentes sobre la Orden de Expulsión

  1. ¿En qué casos se puede imponer una orden de expulsión? Una orden de expulsión puede imponerse cuando el extranjero ha cometido infracciones muy graves o graves, tales como:
    • Estar en situación irregular en España.
    • Participar en actividades ilegales que atenten contra el orden público o la seguridad nacional.
    • Ser condenado por un delito en España o en otro país con penas superiores a un año de prisión.
  2. ¿Cuál es la duración de la prohibición de entrada? La prohibición de entrada al país puede variar según las circunstancias del caso, pero generalmente no excede los 5 años. En casos excepcionales, como amenazas graves al orden público o la seguridad nacional, la prohibición puede ser de hasta 10 años.
  3. ¿Cómo se inicia el procedimiento de expulsión? El procedimiento de expulsión puede iniciarse de oficio o como resultado de una denuncia. Existen dos tipos de procedimientos: preferente y ordinario. El procedimiento preferente suele ser más rápido y se aplica en casos graves, como cuando el extranjero está en situación irregular o ha cometido infracciones muy graves.
  4. ¿Puedo recurrir una orden de expulsión? Sí, la orden de expulsión puede ser recurrida. Existen dos tipos de recursos:
  5. ¿Qué sucede si la expulsión no se ejecuta en el plazo establecido? Si la orden de expulsión no se ejecuta dentro del plazo, el extranjero puede solicitar la caducidad del procedimiento, según el Artículo 225 del Reglamento 557/2011.
  6. ¿Se puede revocar una orden de expulsión? Sí, en determinadas situaciones, como cuando el extranjero presenta una solicitud de residencia por circunstancias excepcionales o cuando demuestra que su expulsión afectaría su bienestar personal o familiar. En estos casos, el procedimiento de expulsión puede ser archivado o suspendido.
  7. ¿Qué pasa si no cumplo con el plazo para abandonar el país? Si el extranjero no abandona España dentro del plazo voluntario, la expulsión será ejecutada de manera forzada, y la policía puede proceder con la detención y retorno forzoso al país de origen.
  8. ¿Puedo evitar la expulsión si tengo familia en España? Si eres un residente de larga duración o tienes vínculos familiares fuertes en España, es posible que la expulsión sea revisada o suspendida. Sin embargo, si la infracción es grave, la expulsión podría continuar.
  9. ¿Se puede suspender la ejecución de la expulsión si tengo un hijo o cónyuge en España? En algunos casos, si la expulsión afecta a un extranjero que tiene hijos menores o un cónyuge con residencia legal en España, se pueden presentar pruebas que justifiquen la suspensión temporal de la expulsión.
  10. ¿Se me puede aplicar una sanción menos severa que la expulsión? En algunos casos, si la infracción cometida no es excesivamente grave, se puede optar por sanciones menos severas, como una multa en lugar de la expulsión. Esto dependerá de las circunstancias del caso y de la interpretación de la ley por parte de las autoridades competentes.
  11. ¿Puede una orden de expulsión aplicarse si ya estoy en proceso de solicitud de residencia? Sí, si la solicitud de residencia está siendo tramitada y aún no se ha concedido, la orden de expulsión puede ejecutarse. Sin embargo, si se demuestra que el extranjero está en proceso de regularización y cumple con los requisitos, se podría suspender la expulsión.
  12. ¿Puedo regresar a España después de ser expulsado? Dependiendo de la duración de la prohibición de entrada, el extranjero podrá regresar a España después del tiempo estipulado. Para poder regresar, se debe solicitar una nueva autorización de entrada una vez finalizado el periodo de prohibición.