El arraigo social es un proceso legal que permite a las personas migrantes obtener una autorización inicial de residencia y trabajo en España, con una duración de un año. Este es el procedimiento más común para aquellos que buscan establecerse legalmente en el país, siempre y cuando puedan demostrar una sólida conexión con la comunidad local. En este caso la resolución que se obtendrá es la Residencia por Circunstancias excepcionales conocida como residencia en España por arraigo social.
De maneral general nos solicitarán 3 años demostrables en el país y demostración de medios de vida.
Requisitos para solicitar el arraigo social
Para obtener el permiso de residencia y/o trabajo por arraigo social, es indispensable para obtener este arraigo social requisitos:
- No ser ciudadano de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza: Tampoco puede ser familiar de ciudadanos de estos países con derecho a residencia comunitaria.
- Carecer de antecedentes penales: No debe tener antecedentes penales en España ni en otros países por delitos contemplados en la legislación española.
- No tener prohibición de entrada en España: No debe figurar como persona rechazable en el territorio de países con los que España tenga acuerdos en este sentido.
- No estar sujeto a compromiso de no retorno: Si ha retornado voluntariamente a su país de origen, no debe estar dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.
- Residencia continuada en España: Debe haber residido en España de forma ininterrumpida durante al menos tres años, con ausencias máximas de 120 días en total.
- Vínculos familiares o informe de integración social: Debe tener vínculos familiares con extranjeros residentes o españoles (cónyuge, pareja de hecho, ascendientes o descendientes directos), o presentar un informe que acredite su integración social emitido por la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento correspondiente.
- Contrato de trabajo válido: Debe contar con un contrato de trabajo firmado por ambas partes, que garantice al menos el salario mínimo interprofesional o el salario establecido en el convenio colectivo aplicable, con una jornada semanal mínima de 30 horas.
Documentación requerida para solicitar el arraigo social
Documentación para arraigo social inicial:
- Modelo de solicitud EX10 firmado y cumplimentado.
- Copia completa del pasaporte vigente.
- Informe de arraigo social o demostrar vínculos de arraigos con España.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen, original, apostillado/legalizado y traducido por un traductor jurado en España.
- Documentos que acrediten la residencia en España al menos 3 años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.
- Documentos que demuestren que tenemos medios económicos para vivir en España (puede ser un precontrato de trabajo, el cual es la manera más habitual, aunque también se puede presentar un proyecto empresarial o medios económicos propios. Todo esto se desgranará más adelante modelo de precontrato de trabajo para arraigo social)
- Tasa de residencia temporal: Una vez admitida la solicitud, se debe abonar la tasas arraigo social que corresponde a la residencia temporal por circunstancias excepcionales mediante el modelo 790-052.
Demostración de medios económicos para el arraigo social en España
Requisitos arraigo social contrato de trabajo arraigo social
El contrato del arraigo social en España tiene que tener una duración mínima de un año, aunque según la última reforma laboral en la mayoría de los casos como no se permiten contratos temporales de más de 6 meses (salvo algunas excepciones) el contrato tiene que ser indefinido y por al menos el SMI (Salario Mínimo Interprofesional), y por al menos 30 horas. Puede acreditarse un solo contrato de trabajo o varios, siempre y cuando cumpla al menos el SMI y así concedan de manera favorable la residencia arraigo social.
Requisitos adicionales para el contrato de trabajo:
- La empresa o empleador deben estar inscritos en la Seguridad Social y al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- La empresa debe garantizar la continuidad de la actividad y disponer de medios económicos, materiales o personales para cumplir con el proyecto empresarial y las obligaciones del contrato.
- En caso de ser una persona física empleadora, debe acreditar, tras el pago del salario, el 100% del IPREM si no tiene familiares a cargo.
Excepciones en la jornada laboral para solicitar arraigo social con contrato de trabajo:
- Se permite un contrato de 20 horas semanales si el solicitante tiene a cargo menores de edad o personas que necesitan apoyo.
- En el sector agrario, se pueden presentar dos o más contratos concatenados con diferentes empleadores.
- Si se realizan actividades en la misma o distinta ocupación para varios empleadores de forma simultánea, se pueden presentar varios contratos.
Arraigo Social sin contrato de trabajo
Si bien la residencia por arraigo social en España tradicionalmente requiere un contrato de trabajo, este es conocido como arraigo social por medios económicos, existen alternativas para aquellos que no cuentan con una oferta laboral. Además tanto para el arraigo social por cuenta propia como con recursos propios, es obligatorio presentar un Informe de Inserción Social favorable, que recomiende la concesión del arraigo.
Arraigo Social por cuenta propia
Esta opción permite solicitar el arraigo social creando su propia empresa y trabajando como arraigo social como autonomo en España. Para ello, deberá cumplir con los siguientes requisitos para arraigo social:
- Plan de Empresa: Detalle su modelo de negocio, clientes potenciales, actividad a desarrollar, ingresos estimados, gastos, etc.
- Medios Económicos: Demuestre que cuenta con los recursos necesarios para invertir en su negocio y ponerlo en marcha. La cantidad requerida dependerá del tipo de negocio.
- Recursos para Vivir en España: Acredite que dispone de fondos suficientes para subsistir en España, equivalentes al 100% del IPREM mensual (600 euros al mes en 2024).
- Requisitos Legales: Cumpla con los requisitos legales para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
- Cualificación Profesional: Demuestre la cualificación profesional o experiencia necesaria para ejercer la actividad, incluyendo la colegiación si es requerida.
Documentación específica del arraigo social por cuenta propia
Si desea solicitar el arraigo social mediante la creación de su propia empresa, además de los requisitos generales, deberá presentar la siguiente documentación específica:
Actividades Comerciales Minoristas y Servicios en Establecimientos Permanentes:
- Declaración responsable o comunicación previa: Según lo establecido en el artículo 71.bis de la Ley 30/1992, para actividades comerciales minoristas y servicios en establecimientos permanentes con superficie útil igual o inferior a 300 metros cuadrados.
- Justificante de pago del tributo correspondiente: En caso de ser necesario.
Resto de Actividades y Servicios Profesionales:
- Relación de autorizaciones o licencias: Indique las autorizaciones o licencias requeridas para la instalación, apertura o funcionamiento de la actividad proyectada, así como el estado de los trámites para su obtención.
- Documentación de capacitación y cualificación: Copia de la documentación que acredite su formación y cualificación profesional para ejercer la actividad.
- Acreditación de inversión económica: Demuestre que cuenta con la inversión económica suficiente o un compromiso de apoyo por parte de instituciones financieras.
- Proyecto de establecimiento o actividad: Detalle el proyecto, incluyendo la inversión prevista, rentabilidad esperada y posibles puestos de trabajo a crear.
Informes de Valoración:
Los apartados b), c) y d) pueden acreditarse mediante un informe de valoración emitido por alguna de las siguientes organizaciones:
- Federación Nacional de Asociaciones de Empresarios y Trabajadores Autónomos (ATA)
- Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA)
- Confederación Intersectorial de Autónomos del Estado Español (CIAE)
- Organización de Profesionales Autónomos (OPA)
- Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE)
Solicitar arraigo social por medios propios
Esta opción permite solicitar el arraigo social demostrando que usted o un familiar cuenta con recursos económicos suficientes para su sustento en España. En este caso, la autorización concedida será únicamente de residencia por arraigo social, sin permiso de trabajo.
Documentación específica arraigo social medios propios
Si no cuenta con una oferta de trabajo, puede solicitar el arraigo social demostrando que dispone de medios de vida suficientes para su manutención en España. Esta opción es viable si el informe municipal sobre su integración social así lo indica y recomienda eximirle del requisito de contrato laboral. En este caso, deberá aportar la siguiente documentación:
Opción 1: Medios de vida propios:
Si vas a solicitar el arraigo social con medios económicos propios requisitos, esto debes tener en cuenta:
- Documentación que acredite disponer de medios económicos suficientes: Esto puede incluir extractos bancarios, certificados de inversiones, ingresos por alquileres u otras fuentes de ingresos que demuestren su capacidad para mantenerse económicamente en España.
Opción 2: Manutención por parte de un familiar:
- Documentación acreditativa del vínculo familiar: Certificado de matrimonio, partida de nacimiento u otros documentos que demuestren la relación familiar con la persona que le mantiene.
- Documentación que acredite los medios económicos del familiar: Extractos bancarios, nóminas u otros documentos que demuestren que su familiar cuenta con ingresos suficientes para mantener a toda la unidad familiar, incluido usted.
Documentos para acreditar la residencia de tres años en España:
Uno de los requisitos esenciales para el arraigo social España es poder demostrar una estancia continuada de tres años en España. La incapacidad para justificar este período es una de las principales causas de denegación de este permiso de residencia por arraigo social.
¿Desde Cuándo se Cuentan los Tres Años?
El período de tres años comienza a contar desde el momento de tu llegada a España. No se limita únicamente al empadronamiento, aunque este es una prueba significativa. Puedes utilizar cualquier documento que incluya la fecha y tu nombre para acreditar tu permanencia en el país desde un momento específico.
Documentación para Acreditar la Permanencia
- Empadronamiento: Es fundamental y una prueba muy sólida, pero no es la única.
- Facturas: De compras, servicios, etc.
- Citas Médicas: Registros de consultas y tratamientos.
- Envíos de Dinero: Comprobantes de transferencias y envíos de fondos.
- Otros Documentos: Cualquier otro documento oficial o privado que contenga tu nombre y fecha, como contratos de alquiler, bonos de transporte, constancias de participación en programas de ONG, entre otros. En definitiva cualquier documentación que acredite la permanencia continuada, como informes médicos, facturas, constancias de envíos de dinero, contratos de alquiler, bonos de transporte, y certificados de participación en programas de ONG o asociaciones.
Recomendaciones para obtener permiso de residencia por arraigo social
Para evitar problemas al solicitar el arraigo social España, es recomendable:
- Empadronarte tan pronto llegues a España: Aunque no es la única prueba, el empadronamiento tiene mucho peso.
- Guardar toda la documentación posible: Facturas, citas médicas, comprobantes de envíos de dinero y cualquier otro documento que pueda servir para justificar tu estancia continua en el país.
Procedimiento de solicitud de arraigo social en España
Te detallamos todos los pasos que se deben realizar en la solicitud arraigo social España.
Paso 1: Solicitud de informe de arraigo social favorable
Vínculos Familiares: Si tienes familiares directos en España, como padres, hijos, cónyuge o abuelos, esto puede servir como prueba suficiente de tu integración en el país.
Informe de Integración Social: En ausencia de familiares cercanos, deberás solicitar un informe de integración social. Este documento certifica que cumples con los criterios de integración establecidos por la Comunidad Autónoma donde residas. A veces, dependiendo de la comunidad autónoma debes abonar la tasa informe de arraigo, como es el caso de la comunidad de Madrid, que tendrás que abonar una tasa para obtener a modo ejemplo de informe de arraigo social España.
Cómo Obtener el Informe de Integración Social
El proceso para obtener este informe varía según la Comunidad Autónoma en la que te encuentres. Generalmente, el procedimiento incluye los siguientes pasos:
- Solicitud en el Ayuntamiento: Inicia el trámite en el ayuntamiento de tu lugar de residencia. En la mayoría de los casos, esto implicará una entrevista con un funcionario local, el modelo de informe de arraigo social se lo entregarán en el propio ayuntamiento o comunidad autónoma, dependiendo si tienen delegadas las competencias del modelo informe arraigo social o no.
- Entrevista: Durante la entrevista, se evaluará tu nivel de español o del idioma regional (por ejemplo, catalán en Cataluña). Además, el funcionario revisará tu situación en España y tus planes futuros en el país.
- Documentación Necesaria: Lleva contigo toda la documentación requerida para el arraigo social, que incluye tu contrato de trabajo, empadronamiento y pruebas de tu residencia continua en España.
- Entrevista Telefónica: Si el español es tu idioma nativo, es posible que la entrevista sea telefónica y no requiera presencia física, como suele suceder en Madrid.
- Entrevista Presencial: Si no eres nativo en español, es probable que debas asistir en persona para la entrevista.
Quien emite el informe de integración social necesario para extranjería
¿Quién Emite el Informe? El informe de integración social lo emite la Comunidad Autónoma correspondiente o el ayuntamiento local, según las normativas regionales.
Costes del Informe de arraigo: Los costos pueden variar según la región. Por ejemplo, en Madrid, la tasa es de 30,30 €, mientras que en Barcelona el informe es gratuito.
Plazos de Emisión
Aunque el tiempo oficial de emisión del informe es de aproximadamente 30 días, en la práctica suele llegar en alrededor de 2 semanas. Mientras que en otras provincias como Barcelona o Sevilla puede llegar a tardar varios meses. La rapidez puede variar, por lo que es importante no solicitar documentos adicionales, como los antecedentes penales, antes de recibir este informe para evitar su caducidad.
Paso 2: Presentación arraigo social
Lugar de Presentación
- Presencial: En la oficina de extranjería correspondiente, con cita previa.
- Telemática: A través de la Plataforma Mercurio, con certificado digital o mediante un representante autorizado.
Una vez admitida la solicitud, se debe abonar la tasa de residencia por arraigo social. El plazo de resolución suele ser de tres meses, y el estado de la solicitud puede consultarse en línea. Si la resolución es favorable, se deberá gestionar el alta en la Seguridad Social y programar una cita en la comisaría para obtener la Tarjeta de Identificación de Extranjería (TIE). En caso de una resolución desfavorable, existen opciones de recurso.
Paso 3: Resolución de la solicitud de arraigo social
Si la resolución favorable arraigo social:
- Gestionar el alta en la Seguridad Social dentro del mes siguiente a la resolución.
- Programar una cita en comisaría para la toma de huellas y la expedición de la Tarjeta de Identificación de Extranjería (TIE).
Denegación arraigo social:
- Se puede recurrir por vía administrativa en un plazo de un mes o por vía judicial en un plazo de dos meses.
Paso 4: Solicitar la Tarjeta Física TIE
Al obtener cualquier autorización o permiso en España, es necesario solicitar la expedición de la tarjeta física. Para ello, necesitará:
- Solicitud de Tarjeta de Identidad de Extranjero:
- Modelo oficial EX–17, debidamente cumplimentado.
- Justificante del Abono de la Tasa:
- Tasa 790, código 012.
- Acreditación del Alta en la Seguridad Social:
- Este documento es necesario solo si va a trabajar por cuenta ajena o propia.
- Fotografías:
- Tres fotografías recientes en color, con fondo blanco y tamaño carné.
Para realizar este trámite, debe solicitar una cita previa y acudir a la Comisaría de Policía correspondiente. Allí, entregará la documentación mencionada, se procederá a la toma de sus huellas dactilares, y le emitirán un resguardo con el que podrá retirar su tarjeta física aproximadamente un mes después.
Renovación del permiso de arraigo social
El permiso por arraigo social extranjería tiene una vigencia de un año y no es renovable, pero puede modificarse para obtener una autorización de residencia y trabajo con una duración de dos años.
Al acercarse el vencimiento de su tarjeta por arraigo social, es crucial cumplir con ciertos requisitos para renovar o modificar su permiso de residencia y/o trabajo en España. Tanto la ley como el reglamento de extranjería establecen requisitos laborales específicos para la renovación del permiso por arraigo social. Estos varían según si el arraigo social se obtuvo mediante una oferta de empleo o a través del emprendimiento de un negocio propio.
Plazos para la Renovación:
- Dentro de los 60 Días Previos a la Caducidad de su Tarjeta:
- Es el periodo recomendado para iniciar el trámite.
- Dentro de los 90 Días Posteriores a la Caducidad de su Tarjeta:
- En este caso, podría enfrentarse a una multa económica por presentar la solicitud fuera de plazo.
Derechos reconocidos y normativa arraigo social
Según la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, se establece un acceso progresivo a ciertos derechos, esto incluye lo referente a nueva ley de extranjería arraigo social:
- Derecho a la conservación de la documentación personal.
- Libertad de reunión, manifestación, asociación y sindicalización.
- Derecho a la huelga.
- Derecho a la educación.
- Derecho a la asistencia sanitaria (después de tres meses de empadronamiento).
- Derechos en materia de vivienda y asistencia letrada.
Sin embargo, las personas sin permiso de residencia no tienen derecho a la libertad de circulación, participación pública, trabajo y seguridad social, prestaciones sociales, ayudas a la vivienda e intimidad familiar
Preguntas frecuentes del arraigo social
- ¿Qué es el arraigo social extranjería? La solicitud de arraigo social es un proceso legal que permite a los extranjeros obtener un permiso de residencia y trabajo temporal en España, siempre que demuestren una fuerte conexión con la sociedad española.
- ¿Cuáles son los requisitos para solicitarlo? Los requisitos para el arraigo social, en primer lugar debes ser un migrante no comunitario, acreditar una residencia continua en España de al menos tres años, no tener antecedentes penales y contar con un informe favorable de integración social. Además, debes presentar un contrato de trabajo válido o demostrar que tienes medios económicos suficientes para vivir en España.
- ¿Qué documentos se necesitan? Los documentos necesarios incluyen el formulario de solicitud EX-10, pasaporte vigente, informe de arraigo social, certificado de antecedentes penales y pruebas de residencia continua en España durante tres años.
- ¿Cómo se demuestra la residencia continua? Puedes demostrar tu residencia continua mediante documentos como certificados de empadronamiento, facturas, citas médicas, envíos de dinero, contratos de alquiler, abonos de transporte y registros de participación en actividades sociales o comunitarias.
- ¿Qué es el informe de arraigo social? El informe de arraigo social es un documento emitido por los servicios sociales que evalúa tu integración en la comunidad, considerando aspectos como tu participación en actividades sociales, educativas y laborales.
- ¿Puedo solicitar el arraigo social sin trabajo? Sí, es posible si demuestras que tienes suficientes recursos económicos para mantenerte en España. Esto debe quedar reflejado en el informe de integración social.
- ¿Cuándo puedo renovar el permiso? El permiso de arraigo social puede renovarse dentro de los 60 días previos a su vencimiento o hasta 90 días después, aunque en este último caso podrías recibir una multa.
- ¿Qué pasa si no lo renuevo a tiempo? Si no renuevas o modificas el permiso a tiempo, te encontrarás en situación irregular y perderás tu derecho a residir y trabajar en España.
- ¿Cómo obtengo la tarjeta física? Para obtener la tarjeta física, debes presentar el modelo EX-17, justificante de pago de la tasa correspondiente, acreditación de alta en la Seguridad Social (si aplica) y tres fotografías recientes. Luego, debes solicitar cita previa en la comisaría de policía para entregar la documentación, tomar tus huellas dactilares y recibir un resguardo para recoger la tarjeta física más tarde.
- ¿Puedo perder el arraigo social? Sí, puedes perder el arraigo social si no cumples con los requisitos de renovación, tienes antecedentes penales o pasas largos periodos fuera de España sin justificación.
- ¿Existe un modelo de precontrato para arraigo social? En cuanto al precontrato de trabajo para el arraigo social, es un documento que formaliza el compromiso del empleador de contratar al solicitante una vez obtenga la autorización de residencia. Este precontrato debe incluir detalles como el puesto de trabajo, la duración del contrato, el salario y las condiciones laborales. Es esencial que el precontrato sea real y refleje una oferta de empleo genuina, ya que las autoridades migratorias evaluarán su autenticidad al considerar la solicitud de arraigo social.